Cómo abrir un restaurante en Alicante: licencias, obra, plazos y costes orientativos en 2026
Publicado el 16 de junio de 2026

Abrir un restaurante en Alicante no es solo conseguir una licencia. Implica decisiones técnicas que, mal tomadas, pueden costarte entre 15.000 y 80.000 € extra y retrasar la apertura hasta ocho meses: por dónde sale el humo de la cocina, qué insonorización exige el barrio, si la actividad es compatible con el planeamiento o si tu cocina cabe en el local que has firmado.
Comprueba la viabilidad del local antes de firmar
Indícanos el concepto, la dirección y la superficie. Revisaremos si merece la pena estudiar ese local para tu restaurante.
Mensaje enviado, muchísimas gracias por contactar con nosotros. En cuanto sea posible tendrás noticias nuestras.
Esta guía está escrita desde la experiencia de tramitar licencias de hostelería en Alicante capital, San Vicente del Raspeig, Sant Joan d’Alacant, El Campello y otros municipios del área. Te cuenta lo que necesitas saber antes de firmar el alquiler, durante el proyecto y hasta el día que abres al público, con la normativa local actualizada a 2026, incluidas las restricciones acústicas aplicables en zonas ZAS del centro y el Casco Antiguo.
Si lo que buscas es la visión general de los trámites comunes a cualquier actividad —licencias, plazos, ICIO, suministros—, parte de nuestra guía de cómo abrir un negocio en Alicante; esta se centra en lo que distingue a un restaurante del resto.
1. Antes de firmar el local: lo que tienes que comprobar
El error más caro al abrir un restaurante se comete antes de empezar: firmar el contrato de alquiler de un local que nunca debió firmarse. Una vez firmado, los problemas técnicos del local pasan a ser tu problema y tu coste. Estas son las cuatro comprobaciones que hay que hacer antes de poner una firma.
1.1 · Compatibilidad urbanística con el uso de restauración
Que un local esté vacío y «parezca un sitio para un bar» no significa que el planeamiento permita instalar allí un restaurante. El PGOU de Alicante asigna a cada parcela y planta un uso, y la restauración no está permitida en todas partes ni en cualquier condición. Conviene distinguir entre uso permitido (el planeamiento lo admite directamente) y uso autorizable (solo si se cumplen condiciones adicionales: acceso independiente, limitaciones de horario, compatibilidad con la vivienda de encima…).
Y un punto que sorprende: que el local tuviera antes una licencia de bar no te da derecho automático a reabrir. Una actividad que lleva mucho tiempo cesada puede haber perdido su licencia por caducidad —que la Administración debe declarar de forma motivada—, así que conviene revisar el expediente (actividad autorizada, titularidad, modificaciones) antes de darla por válida. Y si cambias la actividad, necesitas una licencia nueva conforme a la normativa actual.
Zonas con restricciones acústicas (ZAS). El Casco Antiguo de Alicante tiene una Zona Acústicamente Saturada activa (DOGV núm. 10241, de 19 de noviembre de 2025, CVE DOGV-C-2025-45691). Sus medidas ya están en vigor: suspensión de nuevas licencias de restauración y ocio, suspensión de nuevos veladores y ampliaciones, reducción del 50 % de mesas y sillas en los veladores existentes y horarios de cierre recortados.
Si el local que estás mirando está dentro o cerca del ámbito afectado, no basta con que el uso hostelero parezca compatible: hay que comprobar el plano oficial, el tipo exacto de actividad —restaurante, bar, cafetería, local con música o terraza— y las medidas vigentes antes de firmar el alquiler.
1.2 · Posibilidad de salida de humos a cubierta
Es la pregunta más cara de todo el proyecto y la primera que hay que resolver. Si tu restaurante tiene cocina, como regla general necesitarás un conducto independiente de extracción hasta la cubierta del edificio, no una simple salida por fachada o a un patio interior. Hay que verificar que existe un recorrido físico viable, que ese recorrido pasa por elementos comunes (lo que exigirá el acuerdo de la comunidad) y que la altura del edificio no dispara el coste. Lo desarrollamos más abajo, pero la regla es simple: sin solución viable de extracción, no hay restaurante.
1.3 · Aislamiento acústico del local
Un restaurante genera ruido: clientes, cocina, extracción, música, sillas. El CTE DB-HR y la ordenanza municipal de ruidos de Alicante fijan los niveles máximos que puedes transmitir a las viviendas, sobre todo de noche. Un bajo comercial sin viviendas encima es mucho más sencillo y barato de aislar que uno con viviendas justo arriba: la diferencia puede ser de decenas de miles de euros.
1.4 · Superficie útil mínima
Un restaurante no es solo la sala: necesitas zona pública, cocina, almacén/cuarto de basuras y aseos, todo con superficies y condiciones mínimas. Los aseos deben cumplir el CTE DB-SUA, que obliga al menos a un aseo accesible (como referencia, uno por cada diez inodoros o fracción). Un local de 50 m² puede parecer suficiente sobre plano y volverse imposible al meter cocina industrial, salida de humos, almacén y los aseos accesibles.
Pide un informe de viabilidad antes de firmar el alquiler. Cuesta una fracción de lo que te ahorras evitando un local incompatible.
2. Tipos de restaurante y su clasificación legal
No todos los negocios de hostelería se tramitan igual. La clasificación de tu actividad determina la vía —declaración responsable de apertura o licencia de apertura— y eso cambia plazos y costes desde el primer día. En la Comunitat Valenciana la restauración se rige por la Ley 14/2010 de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos; la Ley 6/2014 (ambiental) excluye expresamente estas actividades. Aun así, los requisitos técnicos (ruido, humos, incendios, accesibilidad) se justifican igualmente en el proyecto.
2.1 · Restaurante propiamente dicho
Cocina con elaboración, servicio en mesa, posible terraza. Requiere instalación completa y tramitación por la Ley 14/2010 —habitualmente declaración responsable de apertura, o licencia de apertura si el aforo, el riesgo o el edificio lo exigen—. Es el caso más exigente.
2.2 · Bar / cafetería sin cocina
Sin elaboración de comida caliente. ¿Una plancha o un horno cuentan como «cocina»? Sí, en cuanto generan humos y vapores de combustión. Intentar abrir un bar «sin cocina» para ahorrarse la salida de humos acaba en sanción cuando la inspección detecta que se prepara comida caliente.
2.3 · Take away y delivery
Comida para llevar y reparto. Según haya o no elaboración, potencia y consumo en el local, puede tener menos exigencias (y a veces no requerir aseos públicos), pero hay que clasificarlo caso a caso: «take away» es un modelo de negocio, no un régimen. Sigue necesitando salida de humos si hay cocina.
2.4 · Bar con música (pub, café-concierto)
La música amplificada da un salto: exigencias acústicas muy superiores, limitador-controlador de sonido obligatorio y, por la música, una tramitación reforzada dentro de la Ley 14/2010 (a menudo licencia de apertura). La insonorización es aquí el grueso del presupuesto.
2.5 · Restaurante con terraza
La terraza en vía pública requiere una licencia de ocupación de dominio público independiente, de renovación anual, con limitaciones por barrio y horarios propios. En zonas ZAS como el Casco Antiguo, los horarios de veladores están recortados.
| Tipología | Régimen habitual (Ley 14/2010) | Salida humos | Insonorización | Aseos públicos |
|---|---|---|---|---|
| Restaurante con cocina | Declaración responsable o licencia de apertura | Sí, a cubierta | Según ubicación | Sí (incl. accesible) |
| Bar/cafetería sin cocina | Declaración responsable | Solo si hay plancha/horno | Media | Sí |
| Take away / delivery | Según elaboración (caso a caso) | Sí, si hay cocina | Baja | Según caso |
| Bar con música | Licencia de apertura (con música) | Sí, a cubierta | Muy alta + limitador | Sí |
| Restaurante con terraza | Apertura + ocup. vía pública | Sí, a cubierta | Según ubicación | Sí |
3. Las licencias que necesitas
Abrir un restaurante no es «una licencia», son varias tramitaciones en paralelo, algunas municipales y otras autonómicas.
3.1 · Licencia de apertura o declaración responsable (Ley 14/2010)
Es la habilitación para ejercer la actividad. La restauración se tramita por la Ley 14/2010: en muchos restaurantes puede utilizarse la declaración responsable de apertura, pero la vía concreta debe confirmarse según aforo, riesgo, carga térmica, obras, protección del inmueble y criterio municipal. La redacción vigente de la Ley 14/2010 reserva la autorización administrativa general a establecimientos con aforo superior a 1.000 personas o supuestos expresamente previstos, aunque en Alicante conviene revisar siempre el modelo municipal aplicable antes de presentar la documentación. La declaración responsable agiliza la apertura, pero no debe entenderse como apertura automática sin control: debe presentarse completa, con proyecto técnico, certificados, seguro, documentación acústica y, cuando proceda, OCA. El Ayuntamiento conserva potestad de comprobación, inspección y requerimiento. Es el trámite que marca el ritmo de todo; lo tramitamos en nuestra licencia de actividad en Alicante.
3.2 · Título habilitante de obra
Adecuar un local para restaurante puede ir por declaración responsable de obra menor, licencia de obra menor o licencia de obra mayor según el alcance: la obra mayor se reserva a las intervenciones que producen una variación esencial de la estructura o la configuración del edificio, o que amplían superficie. Antes de empezar hay que tener claro el título habilitante adecuado para esa intervención. Cuando hay reforma, se devenga el ICIO sobre el presupuesto de ejecución material.
3.3 · Registro sanitario (REM) y APPCC
Antes de abrir hay que presentar la comunicación de inscripción en el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores (REM) de la Generalitat (tasa de 31,18 €), implantar el sistema de autocontrol basado en APPCC y acreditar que el personal tiene formación adecuada en manipulación de alimentos. Ojo con dos ideas extendidas: el APPCC no se «registra», se implanta y se mantiene; y ya no existe el antiguo «carné de manipulador», basta la formación acreditada al puesto.
3.4 · Licencia de ocupación de vía pública (si hay terraza)
Para mesas y veladores en la calle. Renovación anual, sujeta a la ordenanza de terrazas, ancho de acera, horarios y, en zonas ZAS, restricciones específicas.
3.5 · Boletín eléctrico / Certificado de Instalación Eléctrica (CIE)
Una cocina industrial dispara la potencia. Salvo que el local ya tuviera una instalación equivalente, necesitarás un cuadro nuevo dimensionado y su boletín eléctrico (CIE), emitido por instalador autorizado. Sin él no hay suministro ni apertura.
3.6 · Seguro de responsabilidad civil
La Ley 14/2010 exige un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños al público y a terceros (incluido el riesgo de incendio), con la cuantía mínima que corresponda al aforo. Es documentación necesaria para la apertura, así que conviene tenerlo contratado antes.
| Licencia / trámite | A quién se tramita | Plazo orientativo |
|---|---|---|
| Apertura: declaración responsable (Ley 14/2010) | Ayuntamiento | Documentación completa y comprobación municipal; no es apertura automática |
| Apertura: autorización/licencia (Ley 14/2010) | Ayuntamiento | Resolución expresa según el caso |
| Obra | Ayuntamiento | Declaración responsable, licencia menor o licencia mayor según alcance |
| Inscripción sanitaria (REM) + APPCC | Generalitat | Previa a la apertura |
| Ocupación de vía pública | Ayuntamiento | Variable, anual |
| Boletín eléctrico (CIE) | Instalador autorizado | Días |
Son plazos legales orientativos; pueden suspenderse mientras se subsana documentación.
4. Salida de humos: el problema más caro
Si solo lees una sección de esta guía, que sea esta. La salida de humos es la cuestión técnica que más restaurantes ha hecho inviables después de firmar el alquiler.
4.1 · Por qué no puedes sacar humos por fachada
La salida de humos de una cocina es un foco de contaminación de categoría alta. Como regla general, una cocina de restaurante necesita una extracción correctamente proyectada hasta cubierta, no una simple salida a fachada o patio, salvo soluciones técnicas muy concretas y expresamente aceptadas por el Ayuntamiento y la normativa aplicable. En establecimientos de hostelería, la extracción y la ventilación se rigen sobre todo por el RITE; el conducto debe descargar en cubierta y separarse de ventanas, terrazas y tomas de aire, y el CTE DB-SI clasifica la cocina como local de riesgo especial cuando la potencia instalada supera el umbral reglamentario, lo que obliga a conductos con resistencia al fuego. Las distancias y alturas concretas las fijan el proyecto, la ordenanza y el criterio interpretativo del Ayuntamiento de Alicante. A esto se suman las quejas vecinales, origen de la mayoría de sanciones.
Cuidado con las reglas «de memoria». Circulan cifras fijas (por ejemplo, «la salida a 2 metros por encima del punto más alto en un radio de 10 metros»). La obligación de descargar en cubierta y las distancias y alturas concretas dependen del RITE, del CTE DB-SI, de la ordenanza y del criterio interpretativo del Ayuntamiento de Alicante y del proyecto de cada caso. Por eso el dato exacto hay que verificarlo para tu local, no aplicar una regla general.
4.2 · Soluciones técnicas válidas
- Conducto vertical independiente hasta cubierta, exclusivo de la cocina (no compartido con baños ni climatización).
- Sobreelevación sobre la cubierta: la boca debe superar el punto más alto cercano y separarse de ventanas, terrazas y tomas de aire.
- Materiales y protección: acero inoxidable o galvanizado, con la resistencia al fuego que exija el CTE DB-SI (EI 30, 60, 90 o superior según la potencia de la cocina, los sectores que atraviesa el conducto y el recorrido), registros de inspección y sombrerete.
- Filtros y depuradores (metálicos, carbón activo, electrostáticos para olores): complementan el conducto a cubierta, no lo sustituyen.
- Según el tipo de cocina (parrilla de brasa, freidora, plancha) cambian la carga de grasa y el dimensionado del caudal y los filtros.
4.3 · ¿Y si el local no tiene salida de humos? Los hornos de condensación
No siempre hay que descartar un local sin salida a cubierta. Existe una solución acotada: los hornos eléctricos con sistema de condensación de vapores (campanas de condensación) enfrían por choque térmico el vapor y las partículas de la cocción y los evacúan al desagüe, sin conducto a cubierta. Se puede plantear cuando el horno es eléctrico y lleva esa recogida de vapores por condensación, y suele reservarse a potencias bajas. No es una excepción legal automática ni un umbral fijo garantizado: hay que justificarla en el proyecto y validarla expresamente con el Ayuntamiento de Alicante.
Lo importante es que esto no convierte cualquier local en apto para cualquier restaurante. Sirve para conceptos de poca cocción elaborada —cafeterías con horno, brunch, pastelería, take away, panaderías y obradores pequeños, cocina al vapor o sous vide—. En cuanto entra una parrilla de brasa, una freidora o una plancha potente, vuelve a ser obligatoria la salida de humos a cubierta: esos focos generan humos y grasas que la condensación no resuelve.
De nuestra experiencia. Hemos resuelto con horno de condensación locales de tipo brunch y cafetería con poca cocción, donde montar un conducto a cubierta era inviable o desproporcionado. Funciona muy bien cuando el concepto encaja; antes de comprar el equipo conviene validar la potencia, el menú y, sobre todo, el criterio del Ayuntamiento de Alicante, que puede exigir justificación específica.
4.4 · Acuerdos con la comunidad de propietarios
Si el conducto discurre por elementos comunes (fachada interior, patio, hueco común, cubierta), necesitas el acuerdo de la comunidad, con las mayorías de la Ley de Propiedad Horizontal. A veces se negocia una compensación o condiciones estéticas; a veces se niega. Por eso esta comprobación es previa al contrato, no posterior.
4.5 · Costes orientativos en Alicante
El coste depende casi por completo de la altura del edificio y de la complejidad del recorrido:
- Edificio de 2 plantas: orientativamente 3.000–6.000 €
- Edificio de 4–6 plantas: orientativamente 8.000–18.000 €
- Edificio de 8+ plantas: orientativamente 20.000–50.000 €
A eso hay que sumar el proyecto técnico, la dirección de la instalación, posibles andamios y, si afecta a estructura o cubierta, trabajos adicionales.
4.6 · Errores típicos
- «El conducto del antiguo bar me sirve»: casi nunca cumple la normativa actual ni tu caudal.
- «Puedo sacar humos por el patio interior»: depende del planeamiento y de la comunidad; generalmente no.
- «Pongo una campana con filtros y listo»: el filtro no sustituye al conducto a cubierta.
- «Saco los humos al garaje del edificio»: ilegal y peligroso.
5. Insonorización y aislamiento acústico
El ruido es la principal fuente de conflicto vecinal en hostelería y la causa habitual de expedientes. Resolverlo bien en proyecto evita disgustos y multas.
5.1 · Normativa aplicable
El CTE DB-HR fija el aislamiento acústico exigible entre tu local y las viviendas. La ordenanza municipal de Alicante establece los niveles máximos transmitidos en horario diurno y nocturno, más estrictos de noche.
5.2 · Estudio acústico previo
Suele ser necesario en hostelería, y no solo cuando hay música o viviendas colindantes: depende de la actividad, de las fuentes de ruido y de la normativa de espectáculos y de contaminación acústica. Lo redacta un técnico competente y define las soluciones constructivas. Hacerlo antes de la obra evita rehacer trabajo.
5.3 · Soluciones habituales
Doble trasdosado de placa de yeso con lana de roca, suelo flotante desolidarizado de la estructura, falso techo acústico y, en locales con música, limitador-controlador de sonido que corta la potencia al superar los decibelios autorizados.
5.4 · Costes orientativos
- Local de ~100 m² sin viviendas encima/colindantes: 6.000–12.000 €
- Local de ~100 m² con viviendas: 12.000–25.000 €
- Local con música: 20.000–40.000 €
5.5 · Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS) en Alicante
Una ZAS es una zona donde la acumulación de actividad ha superado los niveles de ruido admisibles y el Ayuntamiento adopta medidas restrictivas. El Casco Antiguo de Alicante tiene una Zona Acústicamente Saturada activa, publicada en el DOGV núm. 10241, de 19 de noviembre de 2025, CVE DOGV-C-2025-45691 (el PDF oficial recoge la declaración y su ámbito). Sus medidas ya están en vigor: suspensión de nuevas licencias de restauración y ocio, suspensión de nuevos veladores y de sus ampliaciones, reducción del 50 % de mesas y sillas en los veladores existentes y horarios de cierre recortados. Antes de buscar local en el entorno del centro, consulta si la dirección concreta está dentro o cerca del ámbito afectado y revisa el plano oficial y las medidas vigentes.
6. Otras instalaciones técnicas clave
6.1 · Cocina industrial
Decisión monofásico vs. trifásico según la potencia total; cálculo por aparato; gas natural o propano (con su sala o armario reglamentario) frente a eléctrica/inducción; y previsión de cámaras frigoríficas. Es la instalación que condiciona el cuadro eléctrico y, en parte, la ventilación.
6.2 · Ventilación y climatización
El RITE fija los caudales de ventilación y renovación según el aforo, y exige que la renovación de la cocina sea independiente de la del comedor. Una ventilación mal dimensionada genera olores, condensaciones y un comedor incómodo.
6.3 · Instalación eléctrica
Cuadro con protecciones, circuitos diferenciados, alumbrado de emergencia y boletín (CIE) obligatorio. La potencia de una cocina industrial casi siempre obliga a una nueva acometida o ampliación con la distribuidora.
6.4 · Fontanería y saneamiento
Separador de grasas obligatorio antes del vertido a la red (su ausencia es un problema recurrente), agua caliente sanitaria dimensionada y los aseos con su saneamiento.
6.5 · Accesibilidad
El CTE DB-SUA exige itinerario accesible, aseo adaptado y, en sala, mesas accesibles. Rehacer los aseos a mitad de obra por no preverlo es uno de los sobrecostes más habituales.
6.6 · Protección contra incendios (PCI)
Según aforo: salidas de emergencia, extintores, en su caso BIE y alumbrado de emergencia, conforme al CTE DB-SI y al RIPCI. La cocina, como local de riesgo especial, tiene exigencias propias.
7. Cuánto cuesta abrir un restaurante en Alicante
Estimaciones orientativas de Bon Basa, separadas por concepto. Los rangos de trámites técnicos son orientativos de mercado; los de obra y equipamiento dependen mucho del estado del local.
7.1 · Trámites técnicos
Honorarios de partida de Bon Basa; el final depende de la superficie y la complejidad del proyecto.
| Concepto | Honorarios |
|---|---|
| Licencia de actividad | desde 500 € + IVA |
| Licencia de obra (según alcance) | desde 500 € + IVA |
| Boletín eléctrico (CIE) | 200 € + IVA |
| Estudio acústico | 800–1.500 € |
| Dirección facultativa de obra | 2.000–5.000 € |
| Certificado final de obra | 500–1.000 € |
7.2 · Tasas e impuestos municipales
El ICIO se calcula sobre el presupuesto de ejecución material; en Alicante el tipo es único: el 3,25 %. Te explicamos el detalle en nuestra guía de cómo se calcula el ICIO en Alicante. A eso se suman la tasa por licencia urbanística, que va por tramos de superficie (desde unos 32 € en locales pequeños hasta varios cientos de euros en los grandes; tabla completa en licencias de obra en Alicante) y la tasa por la actividad hostelera (Ley 14/2010): 610,02 € hasta 500 m², 1.050,29 € de 500 a 1.000 m² y 1.490,57 € por encima de 1.000 m². Son importes orientativos sujetos a la ordenanza fiscal vigente y a la clasificación real del expediente. Total orientativo: 2.000–6.000 € según el presupuesto de obra y la superficie.
7.3 · Obra y reforma física
El alcance de la reforma del local comercial es lo que más mueve el presupuesto:
- Cosmética, sin instalaciones nuevas: 30.000–60.000 €
- Con cocina y salida de humos: 80.000–180.000 €
- Local en bruto, reforma integral: 150.000–350.000 €
7.4 · Equipamiento de cocina
- Cocina industrial básica: 15.000–30.000 €
- Cámaras frigoríficas: 4.000–10.000 €
- Lavavajillas industrial: 2.000–6.000 €
- Mobiliario de sala: 8.000–30.000 €
7.5 · Rangos totales realistas
| Tipo de restaurante | Superficie | Inversión total estimada |
|---|---|---|
| Pequeño bar de tapas | 60–80 m² | 90.000–180.000 € |
| Restaurante medio | 100–150 m² | 180.000–400.000 € |
| Restaurante grande | 200+ m² | 350.000–700.000 € |
8. Cuánto tarda abrir un restaurante en Alicante
8.1 · Línea de tiempo realista
- Estudio previo y viabilidad: 2–3 semanas.
- Negociación y firma del contrato: variable.
- Redacción del proyecto técnico: 4–8 semanas.
- Tramitación de licencia (en paralelo a la obra si es viable): 3–6 meses.
- Ejecución de la obra: 2–4 meses.
- Inspección final y comunicación de apertura: 2–3 semanas.
Total realista: 6–12 meses desde la decisión hasta la apertura al público.
Los plazos varían mucho según el municipio (Alicante, San Vicente del Raspeig, Sant Joan d’Alacant, El Campello, Mutxamel, Elche…) y la carga de trabajo de cada departamento. Trabajar con un técnico que conozca el ayuntamiento concreto y presentar la documentación completa desde el día 1 es lo que más acorta los tiempos.
9. Pasos exactos para abrir un restaurante
- Define el concepto y el modelo. Restaurante, bar, take away, con o sin música, con o sin terraza. Determina toda la tramitación.
- Encarga un estudio de viabilidad técnica. Del local candidato, antes de firmar nada.
- Verifica la salida de humos a cubierta. Y, si afecta a elementos comunes, tantea a la comunidad de propietarios.
- Comprueba la compatibilidad urbanística y la ZAS. Que el uso esté permitido y que las restricciones acústicas vigentes no impidan o condicionen la apertura.
- Firma el contrato de alquiler. Solo cuando todo lo anterior dé luz verde.
- Encarga el proyecto técnico. De actividad y de obra, a técnico competente.
- Presenta la documentación de actividad y obra. Declaración responsable, licencia de apertura o título habilitante de obra, según el caso.
- Comunica el alta sanitaria (REM) e implanta el APPCC. Antes de abrir: inscripción en el registro sanitario de la Generalitat y sistema de autocontrol.
- Ejecuta la obra con dirección facultativa. Incluyendo instalaciones y aislamiento acústico.
- Gestiona el alta eléctrica y el boletín (CIE). Dimensionado a la potencia real de la cocina.
- Solicita la ocupación de vía pública. Si vas a tener terraza.
- Supera la inspección final y comunica la apertura. Y abre al público.
10. Errores más comunes (y cómo evitarlos)
- Firmar el local sin verificar la salida de humos.
- Subestimar el coste de la insonorización cuando hay viviendas encima.
- Asumir que un local con licencia antigua caducada «se reactiva» solo.
- Empezar la obra sin el título habilitante adecuado: declaración responsable, licencia de obra menor o licencia de obra mayor, según el alcance real de la intervención.
- Comprar equipamiento antes de definir la instalación eléctrica y la potencia.
- No prever el separador de grasas en el saneamiento.
- Ignorar la accesibilidad y tener que rehacer los aseos a mitad de obra.
- Adoptar el manual de una franquicia sin adaptarlo a la normativa local.
- No tener implantado el APPCC ni la inscripción sanitaria (REM) antes de la inspección.
- Olvidar acreditar la formación en manipulación de alimentos del personal antes de abrir.
11. Cómo te ayudamos en Bon Basa
En Bon Basa somos un estudio de interiorismo, arquitectura e ingeniería en el centro de Alicante, a un paso de Urbanismo. Acompañamos a quien va a abrir un restaurante en todo el recorrido técnico:
- Estudio de viabilidad previo a la firma: salida de humos, compatibilidad urbanística, ZAS, superficies. La inversión que más dinero ahorra.
- Proyecto de actividad y de obra y, cuando procede, visado por técnico competente (ingeniería e instalaciones bajo la firma de Sergio Sánchez Gil, ITI colegiado).
- Tramitación completa de licencias ante el Ayuntamiento y coordinación de los trámites sanitarios y eléctricos.
- Interiorismo y dirección del proyecto: interiorismo para restaurantes (diseño de sala, materiales, iluminación e imagen de marca) y coordinación de la obra, bajo la dirección de Laura García.
Si estás valorando un local, lo más útil es empezar por el estudio de viabilidad: en pocos días sabrás si ese local es el adecuado. Mira también nuestra área de licencias e ingeniería y de reformas integrales en Alicante.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto cuesta abrir un restaurante en Alicante?
Depende del estado del local y del tamaño. Un bar de tapas de 60–80 m² suele moverse entre 90.000 y 180.000 €; un restaurante medio de 100–150 m², entre 180.000 y 400.000 €. La mayor incertidumbre está en la obra, la salida de humos y el equipamiento de cocina.
¿Necesito licencia de actividad para un restaurante?
Sí. Un restaurante se tramita por la Ley 14/2010 de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. En muchos casos puede ir por declaración responsable de apertura, pero la vía concreta debe comprobarse según aforo, riesgo, carga térmica, obras, protección del inmueble y criterio municipal. La redacción vigente de la Ley 14/2010 reserva la autorización administrativa general a establecimientos con aforo superior a 1.000 personas o supuestos expresamente previstos. En ambos casos exige proyecto técnico.
¿Puedo sacar los humos de la cocina por la fachada?
Como regla general, una cocina de restaurante necesita una extracción correctamente proyectada hasta cubierta mediante un conducto independiente, no una simple salida a fachada o patio. Solo pueden estudiarse soluciones técnicas muy concretas si están justificadas en proyecto y aceptadas por el Ayuntamiento y la normativa aplicable.
¿Puedo montar un restaurante sin salida de humos?
A veces, con conceptos de poca cocción. Un horno eléctrico con sistema de condensación de vapores puede evitar el conducto a cubierta en cafeterías con horno, brunch, take away o pastelería, pero no es una excepción automática: hay que justificarlo en el proyecto y validarlo con el Ayuntamiento. Con parrilla, freidora o plancha potente, la salida de humos a cubierta sigue siendo obligatoria.
¿Qué pasa si el local ya tuvo un bar antes?
Que tuviera licencia no te da derecho automático a reabrir. Si la actividad llevaba tiempo cesada, el título puede haber caducado, pero la caducidad debe declararse de forma motivada; conviene revisar el expediente (actividad autorizada, titularidad, modificaciones) antes de darlo por perdido. Si vas a cambiar la actividad, sí necesitas una licencia nueva.
¿Cuánto tarda en tramitarse la licencia?
La tramitación de la licencia suele llevar entre 3 y 6 meses, y el proceso completo desde la decisión hasta abrir, entre 6 y 12 meses, según el municipio y la complejidad de la obra.
¿Qué es una ZAS y cómo me afecta?
Una Zona Acústicamente Saturada (ZAS) es un ámbito urbano donde el exceso de ruido obliga al Ayuntamiento a aplicar medidas correctoras. En Alicante, el Casco Antiguo tiene una ZAS activa publicada en el DOGV núm. 10241, de 19 de noviembre de 2025, CVE DOGV-C-2025-45691: están suspendidas las nuevas licencias de restauración y ocio y los nuevos veladores, los veladores existentes se reducen un 50 % en mesas y sillas, y hay horarios de cierre recortados. Antes de firmar un local en esa zona hay que comprobar el ámbito exacto y las medidas vigentes.
¿Necesito el acuerdo de la comunidad para la salida de humos?
Sí, siempre que el conducto pase por elementos comunes del edificio. Se aprueba en junta con las mayorías de la Ley de Propiedad Horizontal. Conviene tantearlo antes de firmar el alquiler.
¿Cuánto cuesta la salida de humos?
Depende sobre todo de la altura del edificio: orientativamente, 3.000–6.000 € en un edificio de 2 plantas, 8.000–18.000 € en uno de 4–6 plantas y 20.000–50.000 € en uno de 8 o más, más proyecto, dirección y andamios.
¿Hace falta insonorizar siempre?
Si hay viviendas colindantes o música, sí, y suele ser obligatorio un estudio acústico. El coste va de unos 6.000–12.000 € sin viviendas encima a 20.000–40.000 € en locales con música.
¿Qué instalaciones necesita una cocina de restaurante?
Salida de humos a cubierta, ventilación independiente de la sala, cuadro eléctrico dimensionado con su boletín, separador de grasas en el saneamiento, agua caliente y, según el caso, instalación de gas.
¿Necesito licencia para la terraza?
Sí, una licencia de ocupación de vía pública independiente, de renovación anual, sujeta a la ordenanza de terrazas y, en zonas ZAS, a horarios restringidos.
¿Puedo abrir un take away con menos trámites?
A veces sí, pero no siempre: «take away» es un modelo de negocio, no un régimen. Según haya o no elaboración, potencia, consumo en el local o reparto, puede tener menos exigencias (y a veces no requerir aseos públicos), pero sigue necesitando salida de humos si hay cocina. Hay que clasificarlo caso a caso.
¿Qué necesito antes de la inspección sanitaria?
Estar inscrito en el registro sanitario (REM), tener implantado y operativo el sistema de autocontrol basado en APPCC y que el personal acredite formación adecuada en manipulación de alimentos (ya no existe el antiguo carné de manipulador).
¿Puedo empezar la obra antes de tener el título habilitante?
No es recomendable empezar sin el título habilitante adecuado: declaración responsable de obra menor, licencia de obra menor o licencia de obra mayor, según el alcance real de la intervención. Hacerlo te expone a paralizaciones, sanciones y cambios si el proyecto no encaja en la tramitación.
¿Tienes un local en mente para tu restaurante?
Cuéntanos dónde y qué quieres abrir y te decimos si es viable antes de que firmes nada. La primera consulta es gratuita.
Mensaje enviado, muchísimas gracias por contactar con nosotros. En cuanto sea posible tendrás noticias nuestras.