Licencia de actividad o apertura en Alicante
Para abrir un local en Alicante necesitas demostrar al Ayuntamiento que tu actividad encaja con el planeamiento y cumple seguridad, accesibilidad y normativa ambiental. Ese trámite es la licencia de actividad, también llamada licencia de apertura, y de él depende que puedas abrir la puerta legalmente y, después, contratar suministros, pedir veladores o instalar un rótulo.
Clasificamos tu caso según la Ley 6/2014 de la Comunitat Valenciana, redactamos la memoria o el proyecto técnico que corresponda —firmado por el técnico competente de nuestro estudio (arquitecto o ingeniero técnico) y con visado colegial cuando sea preceptivo— y te llevamos el expediente hasta la apertura. Estamos en la calle Rafael Altamira, frente a Urbanismo: cuando hay que entregar o subsanar, cruzamos la calle.
¿Licencia de actividad o licencia de apertura? Casi lo mismo, con un matiz
En el día a día se usan como sinónimos: ambas habilitan un local para ejercer una actividad concreta. En los regímenes más habituales —actividad inocua y declaración responsable— el trámite y la apertura van de la mano. El matiz importa cuando la actividad exige licencia ambiental: ahí obtener la licencia no basta para abrir, porque después hay que presentar una comunicación de puesta en funcionamiento. Lo que de verdad marca el camino no es el nombre, sino la incidencia ambiental de tu actividad. De ahí salen los regímenes que vemos a continuación.
Qué régimen te corresponde según la Ley 6/2014
No todas las aperturas pasan por el mismo camino. Para la mayoría de actividades ordinarias, la Ley 6/2014 prevé tres regímenes municipales según su impacto:
- Comunicación de actividad inocua. Para actividades sin incidencia ambiental, es decir, que cumplen todas las condiciones del anexo III: la mayoría de tiendas de ropa, despachos, oficinas y pequeños comercios. Es el régimen más ágil; basta una memoria técnica con planos del local y surte efecto desde su presentación.
- Declaración Responsable Ambiental (DRA). Para actividades de escasa incidencia que no llegan a inocuas (incumplen alguna condición del anexo III). Permite abrir transcurrido un mes desde la presentación con la documentación completa —o antes si el Ayuntamiento hace una comprobación favorable—; el control municipal es posterior.
- Licencia Ambiental. Para actividades de mayor impacto (anexo II). Requiere resolución municipal previa (hasta seis meses) y, una vez ejecutadas las instalaciones, una comunicación de puesta en funcionamiento antes de abrir.
Hay más figuras (autorización ambiental integrada para instalaciones de gran impacto, o regímenes sectoriales), pero estos tres cubren la mayoría de aperturas ordinarias. La hostelería y el ocio (bares, restaurantes, cafeterías, pubs) quedan fuera de este esquema: se rigen por la normativa de espectáculos y establecimientos públicos (Ley 14/2010), con su propio procedimiento.
El error más caro es tramitar por el régimen equivocado: presentar como inocua algo que exigía DRA o licencia ambiental te expone a un requerimiento y a un cierre. Por eso lo primero que hacemos es clasificar tu actividad según su epígrafe, superficie y ubicación, antes de redactar nada.
Requisitos para la licencia de actividad en Alicante
La documentación depende del régimen, pero un expediente tipo incluye:
- Informe o certificado de compatibilidad urbanística, que en Alicante se solicita al Ayuntamiento antes de presentar el instrumento ambiental.
- Memoria o proyecto técnico firmado por técnico competente (según el proyecto, ingeniero técnico o arquitecto).
- Planos de ubicación, distribución y superficies del local.
- Justificación de seguridad y evacuación (CTE DB-SI) y de accesibilidad (CTE DB-SUA y normativa autonómica de accesibilidad).
- Justificación de las instalaciones (eléctrica, climatización, ventilación) conforme a su reglamento.
- Clasificación ambiental y, en su caso, estudio acústico o de gestión de residuos.
- Si la apertura conlleva reforma, la correspondiente licencia de obra.
Si la actividad genera molestias a los vecinos, puede exigirse además la conformidad de la comunidad de propietarios.
Cada actividad tiene su exigencia
No cuesta ni tarda lo mismo abrir una oficina que un restaurante. Algunos casos habituales que tramitamos:
- Comercio y retail (ropa, calzado, tienda de conveniencia): la mayoría va por actividad inocua o DRA según superficie y potencia, lo que agiliza mucho la apertura.
- Alimentación: supermercado, carnicería, frutería, ultramarinos. Suman exigencias higiénico-sanitarias y, según cámaras y potencia instalada, pueden pasar de inocua a DRA; un supermercado mediano suele requerir proyecto.
- Obradores y panaderías (incluido el obrador industrial): además de la actividad, instalación específica y, si hay horno, justificación de salida de humos. Determinados hornos eléctricos de condensación pueden admitir soluciones alternativas en locales sin salida a cubierta, siempre que el proyecto lo justifique técnicamente y lo acepte el Ayuntamiento.
- Hostelería (bar, restaurante, cafetería, pub): no va por el esquema general de la Ley 6/2014, sino por la normativa de espectáculos y establecimientos públicos (Ley 14/2010), con su propio procedimiento —declaración responsable o licencia de apertura según aforo, riesgo y edificio—. Entra en juego salida de humos e insonorización. Lo desarrollamos en la guía Cómo abrir un restaurante en Alicante.
- Talleres y almacenes: según su incidencia, declaración responsable ambiental o licencia ambiental (lo que se suele llamar «actividad calificada»), con requisitos industriales y, normalmente, proyecto eléctrico.
- Clínicas, peluquerías, oficinas, asesorías, lavanderías de autoservicio: del régimen inocuo a la DRA según el caso.
Sea cual sea tu actividad, te decimos en la primera visita qué régimen te toca y qué necesitas.
Cuánto cuesta una licencia de actividad
Trabajamos con presupuesto cerrado tras estudiar el caso, porque el coste depende del régimen, la superficie y si hay obra. Como orientación:
- Honorarios técnicos: desde 500 € + IVA en una apertura sencilla por declaración responsable; varían según la actividad y la complejidad del proyecto.
- Tasa municipal: en Alicante, para comunicación inocua o DRA, 201,57 € hasta 100 m², 275,83 € de 101 a 300 m², 551,67 € de 301 a 500 m² y 827,51 € a partir de 500 m². La licencia ambiental y la hostelería (Ley 14/2010) tienen tarifas propias; puedes verlas en la ordenanza de tasas del Ayuntamiento.
- Visado, cuando la documentación lo requiere.
- ICIO y licencia de obra, solo si la apertura conlleva reforma.
Te damos el número cerrado antes de comprometerte a nada.
¿El local ya tenía licencia para esta actividad?
Entonces puede que no necesites abrir de cero. Si la actividad va a ser la misma, te basta el cambio de titularidad de la licencia, más rápido y barato. Eso sí: heredas las deficiencias del local, así que conviene auditarlo antes de firmar. Si vas a cambiar la actividad, sí es una licencia de actividad nueva.
Y si vas a dar de alta el suministro eléctrico, recuerda el boletín eléctrico (CIE) que la compañía te pedirá.
Cuánto tarda y cuándo puedes abrir
Los plazos dependen del régimen (son plazos legales, no tiempos garantizados, y pueden suspenderse si hay que subsanar):
- Compatibilidad urbanística previa: en torno a un mes para su emisión.
- Comunicación de actividad inocua: surte efecto desde su presentación con la documentación completa.
- Declaración responsable ambiental: puedes abrir transcurrido un mes desde la presentación completa, o antes si el Ayuntamiento hace una comprobación favorable.
- Licencia ambiental: hasta seis meses de resolución y, después, la comunicación de puesta en funcionamiento antes de abrir.
- Hostelería y ocio (Ley 14/2010): con aforo de hasta 500 personas y sin riesgo especial ni edificio protegido, va por declaración responsable (efecto desde la presentación); por encima de 500 personas, con riesgo alto o carga térmica elevada, o en edificio protegido, requiere licencia de apertura, con resolución de hasta tres meses.
Para actividades sujetas a instrumentos de la Ley 6/2014, una OCA (entidad colaboradora acreditada) puede realizar la verificación técnica y, en determinados expedientes, evitar el informe urbanístico previo o adelantar la comprobación. No sustituye a cualquier plazo de forma automática: te decimos en tu caso qué certifica y qué vía es la más rápida.
¿Caduca la licencia de actividad?
La licencia ambiental se concede por tiempo indefinido, sin perjuicio de su revisión, y no decae por el mero paso del tiempo. Aun así, conviene poner en marcha la actividad sin demoras: cualquier cambio de actividad, traslado o reforma que la modifique obliga a actualizar el título o a una nueva tramitación.
Licencias de actividad en Alicante y toda la provincia
Tramitamos en Alicante ciudad y en toda la provincia, adaptándonos a la ordenanza de cada ayuntamiento: Elche, San Vicente del Raspeig, Sant Joan d'Alacant, El Campello, Mutxamel, Benidorm, La Vila Joiosa, Santa Pola, Elda, Aspe, Novelda, Dénia, Calpe, Altea y Torrevieja, entre otros. Cada municipio tiene sus tiempos y sus exigencias; nosotros los conocemos.
Cuéntanos tu casoLo que más nos preguntáis
¿Licencia de actividad y licencia de apertura son lo mismo?
En el día a día se usan como sinónimos y ambas habilitan tu local para una actividad concreta. Hay un matiz: cuando la actividad exige licencia ambiental, obtenerla no basta para abrir; después hay que presentar una comunicación de puesta en funcionamiento. En los regímenes más habituales (inocua y declaración responsable) el trámite y la apertura van de la mano.
¿Mi negocio necesita licencia ambiental o basta una declaración responsable?
Depende de su incidencia según la Ley 6/2014. Las inocuas (que cumplen todas las condiciones del anexo III) se comunican; las de escasa incidencia que no llegan a inocuas van por declaración responsable ambiental; y las de mayor impacto requieren licencia ambiental. La hostelería y el ocio van por otra norma (Ley 14/2010). Lo determinamos al estudiar la actividad, la superficie y la ubicación.
¿Qué es una actividad inocua y cómo se tramita?
Es la que no tiene incidencia ambiental por cumplir todas las condiciones del anexo III de la Ley 6/2014: muchas tiendas, oficinas, despachos y pequeños comercios. Se tramita por comunicación de actividad inocua con una memoria técnica; es el régimen más ágil y surte efecto desde su presentación.
¿Cuánto cuesta una licencia de actividad?
Depende del régimen, los metros y si hay obra. Una apertura sencilla por declaración responsable parte de 500 € + IVA de honorarios, a lo que se suman la tasa municipal (desde 201,57 € en inocua o DRA) y, en su caso, visado e ICIO. Damos precio cerrado tras revisar el caso.
¿Cuánto tarda en concederse?
La comunicación de actividad inocua surte efecto desde su presentación. La declaración responsable ambiental permite abrir transcurrido un mes (o antes si el Ayuntamiento hace una comprobación favorable). La licencia ambiental tiene un plazo de resolución de hasta seis meses y, además, exige una comunicación de puesta en funcionamiento antes de abrir. Son plazos legales que pueden suspenderse por subsanaciones.
¿Caduca la licencia de actividad?
La licencia ambiental se concede por tiempo indefinido, sin perjuicio de su revisión. Aun así conviene poner en marcha la actividad sin demoras, y cualquier cambio de actividad, traslado o reforma obliga a actualizar el título.
¿Necesito también licencia de obras?
Solo si la apertura conlleva reforma del local. En ese caso tramitamos las dos de forma coordinada.
¿Tramitáis fuera de Alicante ciudad?
Sí, en toda la provincia, adaptándonos a la ordenanza de cada ayuntamiento.
Esta gestión forma parte de nuestra área de licencias e ingeniería en Alicante. Si todavía estás antes del local, te puede ayudar la guía Cómo abrir un negocio en Alicante.
¿Vas a abrir un negocio en Alicante?
Cuéntanos qué actividad y dónde, y te decimos exactamente qué régimen te corresponde y qué necesitas, sin compromiso. Si además hay que reformar el local, nos sentamos y hablamos del proyecto.
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